Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Las resoluciones que pronuncien, sin audiencia de aquel a quien perjudican, importan una violación a los artículo 14 y 16 constitucionales, puesto que los condenan sin oírlos ni vencerlos en juicio.
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Registro digital (IUS): 810593
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 960
Amparo administrativo en revisión. Rosado Manuel. 22 de abril de 1925. Mayoría de nueve votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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