LABORALES

Artículo 10 . FERROCARRILEROS JUBILADOS. RIESGO PROFESIONAL. INTERPRETACION DEL ARTICULO 60 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

FERROCARRILEROS JUBILADOS. RIESGO PROFESIONAL. INTERPRETACION DEL ARTICULO 60 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL.

Del texto del artículo 60 de la Ley del Seguro Social se advierte, que el mismo sólo tiene aplicación en tratándose de los riesgos profesionales que sufran los trabajadores que están en servicio activo con la empresa, no así en los casos de trabajadores jubilados, aun cuando la enfermedad adquirida sea consecuencia de un riesgo profesional, realizado durante el tiempo que presentó sus servicios a dicha empresa, pues en tal hipótesis será indemnizado en los términos pactados en el contrato colectivo de trabajo que rigió la relación laboral.TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEPTIMO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 811998

Clave: 10

Fuente: Informes

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Informes; Informe 1988, Parte III; Pág. 1045

Precedentes

Amparo directo 512/87. Ferrocarril de Chihuahua al Pacífico, S. A. de C. V. 17 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Cayetano Hernández Valencia. Norma Yvonne Ordoñez García.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 10 del LABORALES?

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 10 de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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