LABORALES

Artículo 16 . PROCEDIMIENTO PARAPROCESAL. IMPROCEDENCIA DEL.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

PROCEDIMIENTO PARAPROCESAL. IMPROCEDENCIA DEL.

Al referirse el artículo 982 de la Ley Federal del Trabajo a que el procedimiento paraprocesal se tramitará "...por mandato de la ley, por su naturaleza o a petición de parte interesada...", lo hace en relación a los asuntos que expresamente la ley lo ordena así, y a los que por su naturaleza no puedan resolverse mediante un procedimiento diverso, previsto en dicha ley, toda vez que lo que el legislador quiso proteger, fue el surgimiento de alguna circunstancia que se hubiera dejado de contemplar en la propia ley; de ahí, que si la misma señala un procedimiento determinado para que el actor obtenga un fallo favorable a sus pretensiones, el procedimiento paraprocesal sea improcedente.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 812283

Clave: 16

Fuente: Informes

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Informes; Informe 1989, Parte III; Pág. 737

Precedentes

Amparo en revisión 14/89. Eliseo Medina Valdez. 1o. de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Ramiro Barajas Plascencia. Secretario: Eduardo López Pérez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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