LABORALES

Artículo IUS 812631. EMPLEADOS PUBLICOS, INFORMES DE LOS, A SUS SUPERIORES. LA FALSEDAD DE ESOS INFORMES IMPLICA FALTA DE PROBIDAD.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

EMPLEADOS PUBLICOS, INFORMES DE LOS, A SUS SUPERIORES. LA FALSEDAD DE ESOS INFORMES IMPLICA FALTA DE PROBIDAD.

Si el empleado público rinde un informe a su superior jerárquico, manifestándole que está al corriente en sus labores, y ese dato es falso; tal falsedad y no precisamente el retraso en las labores implica la falta de probidad prevista en el artículo 44, fracción V, inciso a), del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión.

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Registro digital (IUS): 812631

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1963; Pág. 16

Precedentes

Amparo directo 3409/62. Manuel Cuevas Olivera. 1o. de agosto de 1963. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 812631 del LABORALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 812631 de la J. Laborales SCJN?

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