LABORALES

Artículo IUS 812727. COMPETENCIA SIN MATERIA.

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

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Texto Legal

COMPETENCIA SIN MATERIA.

Si durante la tramitación de la competencia las partes interesadas en la reclamación laboral celebran un convenio que pone fin al conflicto, dicha controversia competencial queda sin materia y, por lo mismo, procede hacer la declaración en tal sentido y ordenar la devolución de los expedientes respectivos a las autoridades del trabajo que tuvieron el carácter de contendientes.

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Registro digital (IUS): 812727

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; Informes; Informe 1959; Pág. 165

Precedentes

Competencia 127/58. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Ocho del Distrito Federal y Junta Central de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Uno del Estado de México. 2 de septiembre de 1959. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 812727 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 812727 de la J. Laborales SCJN?

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