LABORALES

Artículo IUS 813235. CONGRUENCIA.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

CONGRUENCIA.

Cuando la acción que ejercita un trabajador es distinta de aquella que puede deducirse de los hechos y del contrato en que se apoya para ejercitarla, aun probados éstos, la autoridad juzgadora tiene que absolver, porque la parte contraria sólo puede defenderse de la acción que en su contra se ejercita y no de acción distinta y el laudo condenatorio que se pronunciara sería incongruente con la acción ejercitada y las excepciones que se hubieran opuesto.

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Registro digital (IUS): 813235

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1962; Pág. 8

Precedentes

Amparo directo 1207/61. Leandro Vences Macedo. 12 de abril de 1962. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813235 del LABORALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813235 de la J. Laborales SCJN?

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