Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
Cuando los razonamientos de las consideraciones del laudo son perfectamente lógicas y se apegan al texto de las disposiciones legales, aun sin mencionar los preceptos, no perjudican las garantías individuales de los quejosos, los que sólo pueden estimar incorrectas las argumentaciones, consideraciones y conclusiones de la responsable en el laudo, cuando éstas van en contra de preceptos o de principios de derecho que el quejoso debe precisar como inexactamente aplicados u omitidos.
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Registro digital (IUS): 813251
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1962; Pág. 14
Amparo directo 2901/58. José Contreras y coagraviados. 8 de febrero de 1962. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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