Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
Debe considerarse como tal a quien contrata con una empresa para proporcionarle "mano de obra" en relación con determinados trabajos, siendo la empresa la que suministra la herramienta y materiales usados, la que da habitación a los trabajadores y la que indica al supuesto contratista quiénes de sus empleados deben ser removidos.
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Registro digital (IUS): 813832
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1960; Pág. 22
Amparo directo 4660/57. Fuentes García José. 7 de abril de 1960. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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