LABORALES

Artículo IUS 814059. TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.

Cuando la falta cometida por un trabajador, por su naturaleza no pueda ser conocida y apreciada íntegramente desde el primer momento en que surjan datos o denuncia que hagan presumible su comisión, el término de que dispone el titular burocrático para sancionar dicha falta no puede empezar a contarse sino hasta que, concluida la investigación indispensable, se sepa con certeza que la falta ha sido cometida, y la naturaleza de la misma, así como la responsabilidad del empleado, porque es a partir de este momento que efectivamente el titular tiene conocimiento de que existe causal de separación que pueda hacerse valer en contra de determinado empleado.

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Registro digital (IUS): 814059

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1955; Pág. 23

Precedentes

Amparo directo 3246/54. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 25 de marzo de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Véase: Semanario Judicial de la Federación.Quinta Epoca:Tomo CXXIII, página 1947, tesis de rubro: "TRABAJADORES DEL ESTADO, PRESCRIPCION DE LA ACCION PARA CESARLOS."Sexta Epoca:Tomo LII, Quinta Parte, página 105, tesis de rubro: "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, FALTAS COMETIDAS POR LOS."

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814059 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814059 de la J. Laborales SCJN?

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