LABORALES

Artículo IUS 814083. COMPETENCIA SIN MATERIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

COMPETENCIA SIN MATERIA.

Si estando planteado el conflicto competencial ante la Suprema Corte, las partes interesadas acreditan ante ella que celebraron un convenio que puso fin al juicio laboral en que contendía, ante la Junta Central de Conciliación y Arbitraje que empezó a conocer del mismo, la controversia de competencia carece de materia, procediendo que así se declare, y se ordene la devolución de los expedientes relativos a las autoridades que los remitieron.

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Registro digital (IUS): 814083

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1950; Pág. 116

Precedentes

Competencia 19/49. Suscitada entre la Junta Especial Número 7 de la Central de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y la Junta Federal Número 24, con residencia en la Ciudad de Puebla. 28 de marzo de 1950. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814083 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814083 de la J. Laborales SCJN?

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