Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar
Para los efectos de la afiliación al Seguro Social, los gerentes no deben estimarse comprendidos dentro de la categoría de trabajadores si, por ser socios o copartícipes de la compañía, no se hayan en la misma situación de los trabajadores, ni tienen frente a las empresas de que forman parte los intereses de quien pertenece a la clase obrera.
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Registro digital (IUS): 814120
Fuente: Informes
Instancia: Sala Auxiliar
Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; Informes; Informe 1955; Pág. 66
Revisión Fiscal 216/51. Hilos y Tejidos, S. A. 21 de abril de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Ponente: Mariano Azuela.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. I.13o.T.146 L (10a.). TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. ES IMPROCEDENTE LA ACCIÓN DE PRÓRROGA DE SU NOMBRAMIENTO (INAPLICABILIDAD SUPLETORIA DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO).
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Art. VI.1o.T.18 L (10a.). DEMANDA LABORAL. LAS IRREGULARIDADES ADVERTIDAS EN ÉSTA DEBEN CONCENTRARSE EN UN SOLO REQUERIMIENTO AL ACTOR, A EFECTO DE NO VULNERAR SU DERECHO FUNDAMENTAL DE ACCESO A LA JUSTICIA, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 17 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.
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