Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
Negado por el patrón que el trabajador laboró en esos días, corresponde a éste probar que lo hizo para que se le reconozca el derecho a cobrar los salarios respectivos.
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Registro digital (IUS): 814185
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1961; Pág. 26
Amparo directo 2705/60. 13 de noviembre de 1961. La publicación no menciona el nombre del promovente, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. (III Región)4o.7 L (10a.). PRUEBA CONFESIONAL EN MATERIA LABORAL. SI EL ABSOLVENTE ES UN TRABAJADOR QUE TIENE SU DOMICILIO FUERA DEL LUGAR DEL JUICIO, DEBE REQUERÍRSELE POR CONDUCTO DE SU APODERADO PARA QUE SEÑALE UNO EN EL QUE PUEDA SER LOCALIZADO EN AQUÉL, ANTES DE CITARLO AL LOCAL DE LA JUNTA Y APERCIBIRLO CON TENERLO POR CONFESO EN CASO DE NO ACUDIR AL DESAHOGO.
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Art. 2a./J. 55/2016 (10a.). HORAS EXTRAORDINARIAS. CARGA DE LA PRUEBA CUANDO SE RECLAMA SU PAGO RESPECTO DE LAS QUE EXCEDAN DE 9 A LA SEMANA.
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