LABORALES

Artículo IUS 814578. LAUDOS OMISOS. DEBEN ESTUDIARSE TODAS LAS EXCEPCIONES OPUESTAS POR EL DEMANDADO.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

LAUDOS OMISOS. DEBEN ESTUDIARSE TODAS LAS EXCEPCIONES OPUESTAS POR EL DEMANDADO.

Las Juntas de Conciliación y Arbitraje incurren en infracción a los artículos 550 y 551 de la ley de la materia cuando en sus laudos no estudian todas las excepciones opuestas por el demandado.

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Registro digital (IUS): 814578

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 82

Precedentes

Amparo directo 8815/41. Guillermo Adames Pernaute y coagraviados. 6 de febrero 1942. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814578 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814578 de la J. Laborales SCJN?

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