LABORALES

Artículo IUS 814594. PATRON SUSTITUTO. DISTINCION ENTRE LA SUSTITUCION PATRONAL Y LA CONTINUACION DE LAS ACTIVIDADES DE EMPRESAS AUTORIZADAS PARA CLAUSURAR.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

scjn-jurisprudencias-laboralestesis_aisladaquinta-Épocalaboral

Texto Legal

PATRON SUSTITUTO. DISTINCION ENTRE LA SUSTITUCION PATRONAL Y LA CONTINUACION DE LAS ACTIVIDADES DE EMPRESAS AUTORIZADAS PARA CLAUSURAR.

No debe confundirse el caso de sustitución de patrón con el previsto en la fracción XII, del artículo 126 de la Ley del Trabajo, porque este precepto se refiere a la continuación de las actividades económicas de las empresas que han obtenido autorización para clausurar, y sanciona la simulación que se verifica con la interposición de personas.

---

Registro digital (IUS): 814594

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 90

Precedentes

Amparo directo 7225/41. Sindicato de Trabajadores de Establos, Expendios, Reparto de Leche y Similares de Tampico. 6 de febrero de 1942. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814594 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814594 de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 814594 del LABORALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 814594 LABORALES desde tu celular