LABORALES

Artículo IUS 814601. PERMISOS. LOS DELEGADOS SINDICALES. NO LOS PUEDEN CONCEDER A LOS OBREROS.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

PERMISOS. LOS DELEGADOS SINDICALES. NO LOS PUEDEN CONCEDER A LOS OBREROS.

Los delegados sindicales carecen de facultades para conceder permisos a los obreros en una factoría, y no tiene porqué intervenir en la administración de la misma.

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Registro digital (IUS): 814601

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 93

Precedentes

Amparo directo 7822/41. Ma. Luisa de Pérez. 23 de junio de 1942. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814601 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814601 de la J. Laborales SCJN?

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