LABORALES

Artículo IUS 814621. REAJUSTE. INDEMNIZACION A LOS OBREROS SEPARADOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

scjn-jurisprudencias-laboralestesis_aisladaquinta-Épocalaboral

Texto Legal

REAJUSTE. INDEMNIZACION A LOS OBREROS SEPARADOS.

Se tiene derecho a tres meses de indemnización cuando el despido es injustificado; pero cuando el trabajador ha sido separado por reajuste acordado por la Junta Central de Concilación y Arbitraje, entonces no tiene aplicación la fracción XXII del artículo 123 constitucional.

---

Registro digital (IUS): 814621

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 103

Precedentes

Amparo directo 7256/36. Unión de Artes Gráficas de Tamaulipas. 17 de agosto de 1942. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814621 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814621 de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 814621 del LABORALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 814621 LABORALES desde tu celular