Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Para que la Junta apruebe o desapruebe una suspensión de labores, debe cumplir con las formalidades que establecen los artículo 570 a 579 de la Ley Federal del Trabajo, y de no hacerlo, incurre en violación de garantías.
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Registro digital (IUS): 814633
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 115
Amparo directo 6695/41. Plataneros de Tuxtepec, S. R. L. 10 de marzo de 1942. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. XXII.1o.2 L (10a.). COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS LABORALES SUSCITADOS ENTRE LA UNIDAD DE SERVICIOS PARA LA EDUCACIÓN BÁSICA EN EL ESTADO DE QUERÉTARO Y SUS TRABAJADORES. CORRESPONDE AL TRIBUNAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE ESA ENTIDAD FEDERATIVA.
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