Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
Aun cuando el patrón niegue el despido, resulta aplicable el artículo 329 fracción III de la ley laboral y establecer con apoyo en dicha norma que la acción de reposición está prescrita si cuando se reclamó tal prestación había transcurrido más de un mes, ya que en este plazo prescriben las acciones que concede a los trabajadores el artículo 123 fracción XXII constitucional y entre dichas acciones está incluida la de cumplimiento del contrato que se traduce, entre otras cuestiones, en la reinstalación del trabajador.
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Registro digital (IUS): 815373
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1964; Pág. 16
Amparo directo 55/63. Bernal Martha. 15 de junio de 1964. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agapito Pozo. Secretario: Humberto Cabrera.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. PC.XVII. J/4 L (10a.). INCIDENTE DE FALTA DE PERSONALIDAD PREVISTO EN EL ARTÍCULO 762, FRACCIÓN III, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. EL TRABAJADOR NO TIENE OBLIGACIÓN DE AGOTARLO, PREVIO A LA PROMOCIÓN DEL JUICIO DE AMPARO DIRECTO PARA QUE SE ANALICE LA VIOLACIÓN PROCESAL ADUCIDA, EN TÉRMINOS DEL PÁRRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 171 DE LA LEY DE LA MATERIA (INAPLICABILIDAD PARCIAL DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 8/99).
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Art. 138 . PRIMA DE ANTIGÜEDAD, LIQUIDACION POR RETIRO VOLUNTARIO Y.
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