Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
No todos los accidentes de trabajo dan motivo a diligencias en las que deban intervenir los tribunales federales. Cuando como, en el caso, no se advierta, que tenga interés la Federación, ni se trate de aplicación de leyes federales, ni, por último, que el hecho haya ocurrido en una zona federal, la competencia corresponde al fuero común.
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Registro digital (IUS): 815806
Fuente: Informes
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1931; Pág. 75
Competencia. Suscitada entre el Juez Primero de Distrito del Estado de Chihuahua y de Primera Instancia del Distrito de Benito Juárez, Chihuahua.Nota: Los datos del asunto en que se sostiene esta tesis así aparecen publicados en el informe.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. VII.2o.T.79 L (10a.). PENSIÓN POR CESANTÍA EN EDAD AVANZADA. HIPÓTESIS EN LA QUE ES IMPROCEDENTE DECRETAR CONDENA RESPECTO DE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES, AL ENCONTRARSE INCLUIDAS EN EL CÁLCULO DE AQUÉLLA (APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 168 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DEROGADA).
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Art. IUS 815813. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO. EJECUCION PARCIAL QUE EN TODO CASO AMERITARIA QUEJA POR DEFECTO DE EJECUCION.
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