LABORALES

Artículo IUS 816238. COMISIONES MIXTAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

COMISIONES MIXTAS.

Cuando en un contrato-ley, se determina que las diferencias que surjan entre un sindicato y su patrón sean resueltas previamente por una comisión mixta formada por representantes de ambas partes, el término para tal prescripción de las acciones correlativas comienza a correr a partir de la fecha en que dictó su opinión esa comisión, siempre y cuando el sindicato haya puesto en movimiento su derecho en tiempo oportuno ante esa propia comisión.

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Registro digital (IUS): 816238

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1944; Pág. 24

Precedentes

Amparo directo 2819/44. Haas Hermanos y Compañía. 21 de agosto de 1944. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816238 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816238 de la J. Laborales SCJN?

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