Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 440 de la Ley Federal del Trabajo, la actora en procedimientos de esta naturaleza, debe precisar en su demanda sus peticiones para hacer posible la defensa del demandado y que la Junta observe el principio de la congruencia a que se contrae el artículo 551 de la misma ley.
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Registro digital (IUS): 816248
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1944; Pág. 32
Amparo directo 1846/44. Rodríguez viuda de Maldonado Eugenia y coagraviados. 1o. de agosto de 1944. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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