LABORALES

Artículo IUS 816309. TRABAJO.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

scjn-jurisprudencias-laboralestesis_aisladaquinta-Épocalaboral

Texto Legal

TRABAJO.

Las Juntas de Conciliación y Arbitraje son soberanas para apreciar, en conciencia, las pruebas rendidas; pero esa soberanía no puede llegar hasta desconocer o negar la existencia de las pruebas aducidas, ni a variar ni contradecir los hechos constantes en el juicio donde dictan su laudo. En consecuencia, si una Junta se funda para condenar al actor, en que este último no rindió prueba alguna y ese hecho es falso, el laudo es violatorio de garantías y debe concederse el amparo, para el efecto de que se dicte nuevo laudo, aceptando las pruebas rendidas por el actor, sin perjuicio de que en el mismo laudo, se aprecien esas pruebas en conciencia.

---

Registro digital (IUS): 816309

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1931; Pág. 152

Precedentes

Amparo 2911/28/2a. Orden de Maquinistas y Fogoneros de Locomotoras. 23 de mayo de 1931. La publicación no menciona el sentido de la votación. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816309 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816309 de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 816309 del LABORALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 816309 LABORALES desde tu celular