LABORALES

Artículo IUS 816356. LUGAR DE EJECUCION DEL TRABAJO.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

LUGAR DE EJECUCION DEL TRABAJO.

Demostrado con los elementos probatorios que obran en el expediente, el lugar donde prestó sus servicios el trabajador, es a la Junta de esa localidad a quien corresponde conocer del conflicto entre dicho trabajador y la empresa respectiva, no obstante haberse alegado que la presentación de servicios tuvo lugar en diversos lugares, porque no se comprobó esta circunstancia.

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Registro digital (IUS): 816356

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1937; Pág. 103

Precedentes

Competencia 212/36. Suscitada entre la Junta Especial Número Dos de la Central de Conciliación y Arbitraje de Jalisco y Junta Central de Conciliación y Arbitraje de Mazatlán. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816356 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816356 de la J. Laborales SCJN?

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