LABORALES

Artículo IUS 816829. APLICACION DEL DERECHO COMUN EN MATERIA DE TRABAJO.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

scjn-jurisprudencias-laboralestesis_aisladaquinta-Épocalaboral

Texto Legal

APLICACION DEL DERECHO COMUN EN MATERIA DE TRABAJO.

Los artículos 20, 1851, 1852 y 1856 del Código Civil del Distrito Federal que consignan reglas para la interpretación de los contratos, no tienen aplicación en materia de trabajo en virtud de que el derecho industrial, por su misma naturaleza, es radicalmente distinto del derecho civil, ya que aquél es fundamentalmente protector de una clase social, carácter que no tiene éste, resultando de esto que en derecho industrial, la interpretación de los contratos tienen que regirse forzosamente por otras normas, siendo la principal, la de que en caso de duda la interpretación debe hacerse en favor del obrero.

---

Registro digital (IUS): 816829

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1935; Pág. 16

Precedentes

Amparo 4692/34. Ferrocarriles Nacionales de México. 10 de abril de 1935. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816829 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816829 de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 816829 del LABORALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 816829 LABORALES desde tu celular