Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
La circunstancia de estar asegurado el trabajador en el Instituto Mexicano del Seguro Social debe alegarse pro vía de excepción en el procedimiento obrero-patronal, de modo que si sólo se presenta esa defensa al tiempo de alegar, sin demostrarse el hecho que la funda, la violación respectiva no procede en amparo.
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Registro digital (IUS): 817087
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1945; Pág. 51
Amparo directo en materia de trabajo 196/45. "Fajer Hermanos". 15 de junio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, tomo LXXXIV, página 2356, tesis de rubro "SEGURO SOCIAL, INDEMNIZACION POR RIESGO PROFESIONAL.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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