LABORALES

Artículo IUS 817202. AMPARO.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

AMPARO.

Cuando el quejoso no solicita que se le expidan las copias a que se refiere la fracción VII del artículo 107 constitucional ni la Junta envía el expediente original; pero con su informe acompaña copia certificada del laudo y de ella se desprende que son ciertas las violaciones constitucionales alegadas en la demanda, procede conceder el amparo.

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Registro digital (IUS): 817202

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1938; Pág. 11

Precedentes

Amparo 7154/36. Uriarte Pablo. 25 de octubre de 1938. La publicación no menciona la votación sel asunto, ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817202 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817202 de la J. Laborales SCJN?

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