LABORALES

Artículo IUS 817638. LAUDOS DE LAS JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

LAUDOS DE LAS JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.

El laudo que condena a la empresa a pagar a sus trabajadores seis días completos de salarios por concepto de vacaciones, de conformidad con lo establecido en una convención colectiva de trabajo, no puede equipararse al pago de alimentos, y, por lo mismo, es procedente la suspensión de la ejecución de dicho laudo.

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Registro digital (IUS): 817638

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1933; Pág. 150

Precedentes

Incidente de suspensión 1854/32. Compañía Industrial de Orizaba, S. A., Sociedad Textil Mirafuentes y otra. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817638 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817638 de la J. Laborales SCJN?

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