LABORALES

Artículo IUS 817873. CONFLICTOS DE ORDEN ECONOMICO.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

CONFLICTOS DE ORDEN ECONOMICO.

No son aplicables las normas que para resolver los conflictos de orden económico contiene el capítulo séptimo del título noveno de la ley de trabajo cuando se trata de una suspensión del trabajo que duró cinco horas por impericia o descuido del encargado de la máquina de la empresa demandada, pues este conflicto se tramita de acuerdo con las reglas establecidas para resolver los juicios ordinarios de trabajo.

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Registro digital (IUS): 817873

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1947; Pág. 16

Precedentes

Amparo directo 5632/44. Textil Reinera, S.A. 23 de enero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817873 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817873 de la J. Laborales SCJN?

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