Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Es cierto que puede haber contrato de trabajo cuando el trabajador presta servicios a varios patrones, pero ello no exime al mencionado trabajador, cuando el demandado en el juicio niega la existencia del nexo contractual, de la obligación de probar que en efecto prestó servicios personales al demandado, mediante una retribución y bajo la dirección y dependencia del propio demandado.
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Registro digital (IUS): 817874
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1947; Pág. 17
Amparo directo 3887/46. Carreto Manuel. 7 de febrero de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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