Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Si se reconoce su carácter voluntario, es incongruente establecer modificaciones o limitaciones que afecten ese principio de libertad, estableciendo, por ejemplo, que las mismas gratificaciones deban ser abonadas quincenalmente en lugar de serlo cada mes; sobre todo si el patrón alega que las gratificaciones son por eficiencia de trabajo y que necesita observar durante un mes la conducta del trabajador para gratificarlo.
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Registro digital (IUS): 817886
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1947; Pág. 28
Amparo directo 7379/43. Minera de Peñoles, S.A. Unidad Avalos. 9 de junio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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