LABORALES

Artículo IUS 818599. FALTAS PREVIO AVISO, SIN PERMISO DEL PATRON.

Jurisprudencia · Séptima Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

FALTAS PREVIO AVISO, SIN PERMISO DEL PATRON.

El hecho de que un trabajador falte a sus labores, previo aviso, no significa que esa falta sea justificada, ya que para que pueda considerarse en esa forma, es menester que el patrón otorgue el correspondiente permiso.

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Registro digital (IUS): 818599

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Quinta Parte; Pág. 130

Precedentes

Sexta Epoca, Quinta Parte:Volumen XLV, página 24. Amparo directo 6416/60. José María Morales Rodríguez y coagraviados. 23 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos.Volumen CXXIV, página 21. Amparo directo 8631/65. Compañía Azucarera de los Mochis, S.A. 9 de octubre de 1967. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.Volumen CXXXII, página 43. Amparo directo 9294/66. Rogelio Gómez Martínez. 4 de diciembre de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.Volumen CXXXI, página 19. Amparo directo 4513/64. Jesús Ruvalcaba Ibarra. 13 de mayo de 1968. Cinco votos. Ponente: Manuel Yánez Ruiz.Volumen CXXXVI, página 23. Amparo directo 1909/68. Ezequiel Hernández Torres. 16 de octubre de 1968. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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