Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
La obligación de practicar la autopsia en caso de muerte por accidente de trabajo o enfermedad profesional corresponde al médico patronal y la omisión en que se incurre al no practicar la necropsia sólo puede producir responsabilidades para los omisos y no para los intereses del trabajador o de sus familiares, quienes no están obligados a realizar el examen post mortem del cadáver analizando los órganos del mismo para determinar la causa de la muerte.
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Registro digital (IUS): 818646
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Quinta Parte; Pág. 9
Amparo directo 4862/60. Daniel Reyes Herrera. 27 de abril de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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