Tesis aislada · Novena Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Aun cuando el patrón no precise los límites de la jornada con la que ofrece el trabajo a su contraparte, ello no implica mala fe en tal oferta, ya que por la naturaleza especial de la actividad de los trabajadores del autotransporte, no existe una determinación específica de la jornada de labores.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 819570
Clave: I.1o.T.66 L
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Abril de 1997; Pág. 222
Amparo directo 10601/96.-Armando Antonio Olvera Lemus.-31 de octubre de 1996.-Unanimidad de votos.-Ponente: Horacio Cardoso Ugarte.-Secretario: José Manuel Rodríguez Puerto.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo IX-Marzo, tesis I.3o,T.297 L, página 154, de rubro: "AUTOTRANSPORTES, OFRECIMIENTO DE TRABAJO TRATÁNDOSE DE TRABAJADORES DE. NO ES DE MALA FE CUANDO SE OMITE SEÑALAR LA JORNADA."
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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