MERCANTILES

Artículo II.2o.C.1 C (10a.). CAUSAS DE INCAPACIDAD O IMPEDIMENTO PARA HEREDAR. SÓLO LAS CONSTITUYEN LAS CONTEMPLADAS EN LA LEY, NO OTRAS DIVERSAS INVOCADAS FUERA DE CONTEXTO NORMATIVO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

CAUSAS DE INCAPACIDAD O IMPEDIMENTO PARA HEREDAR. SÓLO LAS CONSTITUYEN LAS CONTEMPLADAS EN LA LEY, NO OTRAS DIVERSAS INVOCADAS FUERA DE CONTEXTO NORMATIVO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

Los artículos 6.20 al 6.23, 6.26, y 6.28 al 6.32 del Código Civil del Estado de México establecen con precisión y claridad las causas por las que ciertas personas se encuentran impedidas o son incapaces para heredar, por lo cual resultan inconducentes diversas causales para ello, no contempladas en la ley, aunque se invocaran para ser reclamadas en la demanda; por ende, las establecidas en la legislación sustantiva civil relativa sólo podrán tenerse por demostradas si son acordes con lo estatuido por las propias normas. De modo tal que no resulta procedente la declaración de impedimento o incapacidad del demandado por motivo de adulterio, si éste no quedó previamente demostrado mediante declaración judicial; menos por circunstancias relativas a malos tratos, o porque los bienes de la masa hereditaria se adquiriesen con anterioridad al matrimonio civil celebrado en vida por la hoy de cujus y el enjuiciado, por cuanto a que tales causas alegadas como impedimento no se contemplan expresamente en la legislación en cita.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2000201

Clave: II.2o.C.1 C (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro V, Febrero de 2012; Tomo 3; Pág. 2260

Precedentes

Amparo directo 944/2011. Lucina Jiménez Millán y otros. 3 de enero de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Virgilio A. Solorio Campos. Secretario: Carlos Esquivel Estrada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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