Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Cuando el emplazamiento se haya entendido directamente con el interesado, y éste no desconozca tal circunstancia, sino sólo alegue irregularidades en las formalidades que debe revestir, no tiene el carácter de tercero extraño por equiparación, pues ello no le ocasionó un total desconocimiento del juicio seguido en su contra que le hubiere obstaculizado imponerse oportunamente de los autos y defender en él sus intereses, a través del incidente de nulidad de notificaciones. En cambio, si alega que dicha diligencia de emplazamiento no se entendió con él, es decir, controvierte la fe del actuario en ese aspecto; entonces, sí conservará el carácter de tercero extraño a juicio por equiparación y podrá hacer valer su reclamo, sólo en ese punto, en el amparo indirecto.TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL OCTAVO CIRCUITO.
---
Registro digital (IUS): 2001526
Clave: VIII.A.C.2 C (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012; Tomo 2; Pág. 2011
Amparo en revisión 176/2012. Liliana Garza González. 7 de junio de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Antonio Pescador Cano. Secretario: Eduardo Alonso Fuentevilla Cabello.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. VI.2o.C.11 C (10a.). TERCERÍAS EXCLUYENTES EN MATERIA MERCANTIL. COMO JUICIOS AUTÓNOMOS, NO NECESARIAMENTE SE RIGEN POR LAS DISPOSICIONES APLICABLES A LA LITIS DE LA QUE DERIVAN, SINO QUE DEBE ATENDERSE A LAS NORMAS JURÍDICAS CONDUCENTES PARA DETERMINAR CUÁL ES LA LEY APLICABLE AL CASO CONCRETO.
Siguiente
Art. IUS 800394. PERSONALIDAD, EXCEPCION DE FALTA DE. SUSPENSION IMPROCEDENTE.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo