Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Si durante la secuela del procedimiento, el demandado declina la responsabilidad del juicio en favor de quien es el poseedor a título de dueño del bien materia de la reivindicación, dicha declinación trae como consecuencia llamar a juicio al poseedor jurídico denunciado, a fin de que sea oído y le pueda parar perjuicio la sentencia, es decir, para que pueda hacer valer lo que a su interés legal convenga, por convertirse en parte en el juicio de origen.CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA TERCERA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN GUADALAJARA, JALISCO.
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Registro digital (IUS): 2001615
Clave: III.4o.(III Región) 1 C (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XII, Septiembre de 2012; Tomo 3; Pág. 1692
Amparo directo 289/2012. Inés Franco González y otros. 17 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús López Arias. Secretaria: Laura Margarita Sepúlveda Castro.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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