Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Atento a que en ninguno de los artículos de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito que rigen al pagaré se establece dónde deben asignarse los pagos parciales realizados (en el capital o en los intereses), en relación con dicho aspecto opera la aplicación supletoria del artículo 364 del Código de Comercio para llenar esa deficiencia, en términos del artículo 2o., fracción II, de la citada ley general. Cabe precisar que tal criterio no es opuesto a la tesis publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, mayo de 1996, página 707, de rubro: "TÍTULOS DE CRÉDITO, PAGO PARCIAL DE LOS. NO CABE LA SUPLETORIEDAD A LA CODIFICACIÓN MERCANTIL.", emitida por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, toda vez que en dicho criterio se analizó el mecanismo para demostrar los pagos parciales, y no la forma de aplicación de dichos pagos (suerte principal o intereses).PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2001986
Clave: VI.1o.C.18 C (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012; Tomo 4; Pág. 2675
Amparo directo 629/2011. Leopoldo César César. 2 de febrero de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretaria: Araceli Zayas Roldán.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. XVI.2o.C.T.2 C (10a.). NULIDAD ABSOLUTA DE UN ACTO JURÍDICO QUE AFECTA LA SUCESIÓN. EL PRESUNTO HEREDERO CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA HACERLA VALER (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE GUANAJUATO).
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Art. VI.1o.C.16 C (10a.). PERITAJE. EL JUZGADOR DEBE VALORAR LAS MANIFESTACIONES U OBSERVACIONES QUE REALICEN LAS PARTES EN RELACIÓN CON EL DE SU CONTRARIA, AL MOMENTO DE EMITIR LA SENTENCIA DEFINITIVA CORRESPONDIENTE.
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