MERCANTILES

Artículo III.1o.C.2 C (10a.). ABOGADO PATRONO. CORRESPONDE A QUIEN LE IMPUGNA ESE CARÁCTER DESVIRTUAR LA PRESUNCIÓN QUE EN ESE SENTIDO SE DEDUCE DEL RECONOCIMIENTO HECHO POR EL JUEZ (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

ABOGADO PATRONO. CORRESPONDE A QUIEN LE IMPUGNA ESE CARÁCTER DESVIRTUAR LA PRESUNCIÓN QUE EN ESE SENTIDO SE DEDUCE DEL RECONOCIMIENTO HECHO POR EL JUEZ (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

Si en un litigio se hace la designación de un abogado patrono y, éste acepta y protesta tal designación en el escrito de demanda, asentando, al efecto, su número de cédula profesional y, posteriormente, el Juez de los autos le reconoce expresamente dicho carácter y aquél interviene en el proceso, ello constituye una presunción en su favor, en el sentido de que es licenciado en derecho y se encuentra legalmente autorizado para ejercer dicha profesión, satisfaciéndose así la exigencia establecida por el artículo 2207 del Código Civil del Estado de Jalisco, en el sentido de que los apoderados generales que no sean abogados deben actuar, al amparo del mandato relativo, de manera conjunta con un abogado, de tal suerte que si la parte demandada sostuvo lo contrario, a ella correspondía desvirtuar aquella presunción, de conformidad con el artículo 287, fracción II, del Código de Procedimientos Civiles del Estado.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2002103

Clave: III.1o.C.2 C (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIV, Noviembre de 2012; Tomo 3; Pág. 1755

Precedentes

Amparo directo 86/2012. Corporativo Financiero Vimifos, S.A. de C.V., S.F. de O.L. 21 de junio de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Muñoz Estrada, secretario de tribunal autorizado para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretario: Abel Briseño Arias.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo III.1o.C.2 C (10a.) del MERCANTILES?

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