Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala
Si el demandado no contesta la demanda, el juez la tendrá por contestada en sentido negativo, en términos del artículo 271 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, proveerá sobre las medidas provisionales previstas en el artículo 282, apartado B, del Código Civil para el Distrito Federal y señalará de inmediato fecha y hora para la celebración de una audiencia previa y de conciliación dentro de los cinco días siguientes.
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Registro digital (IUS): 2002763
Clave: 1a. CCL/2012 (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVII, Febrero de 2013; Tomo 1; Pág. 804
Contradicción de tesis 63/2011. Suscitada entre los Tribunales Colegiados Tercero, Séptimo y Décimo Primero, todos en Materia Civil del Primer Circuito. 22 de agosto de 2012. La votación se dividió en dos partes: mayoría de cuatro votos por lo que se refiere a la competencia. Disidente: José Ramón Cossío Díaz. Unanimidad de cinco votos en cuanto al fondo. Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretarios: Mercedes Verónica Sánchez Miguez, Mireya Meléndez Almaraz, Oscar Vázquez Moreno, Mario Gerardo Avante Juárez y Rosalía Argumosa López.Nota: Esta tesis no constituye jurisprudencia, ya que no resuelve el tema de la contradicción planteada.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. 1a. CCLXI/2012 (10a.). DIVORCIO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA. DESARROLLO DE LA AUDIENCIA DE DESAHOGO DE PRUEBAS Y PLAZO PARA DICTAR SENTENCIA EN RELACIÓN CON LOS CONVENIOS (LEGISLACIÓN PARA EL DISTRITO FEDERAL).
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Art. 1a. CCLVI/2012 (10a.). DIVORCIO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA. EL TÉRMINO DE TRES DÍAS CONCEDIDO A LAS PARTES PARA LA PROSECUCIÓN DEL JUICIO DEBE SER COMÚN (LEGISLACIÓN PARA EL DISTRITO FEDERAL).
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