MERCANTILES

Artículo 1a. CCXLVIII/2012 (10a.). DIVORCIO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA. PROVIDENCIAS A REALIZAR POR EL JUZGADOR UNA VEZ PRESENTADA LA DEMANDA POR UNO SOLO DE LOS CÓNYUGES (LEGISLACIÓN PARA EL DISTRITO FEDERAL).

Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala

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Texto Legal

DIVORCIO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA. PROVIDENCIAS A REALIZAR POR EL JUZGADOR UNA VEZ PRESENTADA LA DEMANDA POR UNO SOLO DE LOS CÓNYUGES (LEGISLACIÓN PARA EL DISTRITO FEDERAL).

Una vez presentada la demanda de divorcio por uno solo de los cónyuges; y en su caso satisfechas las prevenciones que se hayan realizado, el juzgador debe proveer sobre lo siguiente: a) la admisión de la demanda; b) la orden de emplazamiento del demandado, al que se concederá el plazo de quince días para contestar la demanda; c) el dictado de las medidas provisionales a que se refiere el artículo 282, apartado A, del Código Civil para el Distrito Federal; y d) la admisión o desechamiento de las pruebas encaminadas a demostrar lo que hasta entonces integra la materia de la litis, esto es, la petición del divorcio y las cuestiones contenidas en la propuesta de convenio.

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Registro digital (IUS): 2002774

Clave: 1a. CCXLVIII/2012 (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVII, Febrero de 2013; Tomo 1; Pág. 811

Precedentes

Contradicción de tesis 63/2011. Suscitada entre los Tribunales Colegiados Tercero, Séptimo y Décimo Primero, todos en Materia Civil del Primer Circuito. 22 de agosto de 2012. La votación se dividió en dos partes: mayoría de cuatro votos por lo que se refiere a la competencia. Disidente: José Ramón Cossío Díaz. Unanimidad de cinco votos en cuanto al fondo. Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretarios: Mercedes Verónica Sánchez Miguez, Mireya Meléndez Almaraz, Oscar Vázquez Moreno, Mario Gerardo Avante Juárez y Rosalía Argumosa López.Nota: Esta tesis no constituye jurisprudencia, ya que no resuelve el tema de la contradicción planteada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1a. CCXLVIII/2012 (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1a. CCXLVIII/2012 (10a.) de la J. Mercantiles SCJN?

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