Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
La protección que el ordenamiento jurídico nacional confiere a las sociedades que se constituyen conforme a la normativa aplicable, y la regulación dada a la inversión extranjera, debe ceder frente a un proceder contrario a la buena fe, pues ante la aparente licitud de cada uno de los actos en que intervienen y la apariencia corporativa en que se oculta una sociedad extranjera trasciende cuando, abusando de la personalidad jurídica societaria, se generan conductas contrarias a lo pactado en un contrato.QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2004336
Clave: I.5o.C.60 C (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIII, Agosto de 2013; Tomo 3; Pág. 1732
Amparo directo 740/2010. Spectrasite Communications, Inc. 15 de diciembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: María Soledad Hernández Ruiz de Mosqueda. Secretario: Ricardo Mercado Oaxaca.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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