MERCANTILES

Artículo 1a. XXV/2014 (10a.). DESCONOCIMIENTO DE PATERNIDAD. EN EL JUICIO INCOADO POR EL CÓNYUGE VARÓN, EL JUEZ NO DEBE ORDENAR OFICIOSAMENTE LA PRUEBA PERICIAL EN GENÉTICA MOLECULAR.

Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala

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Texto Legal

DESCONOCIMIENTO DE PATERNIDAD. EN EL JUICIO INCOADO POR EL CÓNYUGE VARÓN, EL JUEZ NO DEBE ORDENAR OFICIOSAMENTE LA PRUEBA PERICIAL EN GENÉTICA MOLECULAR.

En la jurisprudencia de esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación 1a./J. 30/2013 (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XVIII, Tomo 1, marzo de 2013, página 401, de rubro: "INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR. PARA PRESERVARLO, EL JUZGADOR ESTÁ FACULTADO PARA RECABAR Y DESAHOGAR DE OFICIO LAS PRUEBAS QUE CONSIDERE NECESARIAS.", se estableció que el juzgador está facultado para recabar de oficio las pruebas necesarias para preservar el interés superior del menor. Sin embargo, en el juicio de desconocimiento de paternidad incoado por el cónyuge varón, dicho interés no guarda identificación plena con la pretensión del actor, por lo que la obligación imperiosa de otorgar una protección legal reforzada al menor, proveyendo lo necesario para el respeto pleno de sus derechos, no se traduce en el desahogo, perfección, ampliación o repetición oficiosa de la prueba pericial en genética molecular, cuya valoración podría dejar al niño en incertidumbre filiatoria. Este caso es muy distinto al que se enfrenta el juzgador en un juicio de reconocimiento de paternidad, en el que efectivamente está en juego el derecho humano de un menor de edad a obtener su identidad y establecer la filiación, misma que trae aparejada una pluralidad muy relevante de derechos. El supuesto en el juicio de desconocimiento de paternidad es justamente el inverso: el desahogo de la probanza podrá, eventualmente, desembocar en la pérdida de dicho cúmulo de derechos. En este orden de ideas, le corresponde al actor la carga procesal de acreditar su pretensión y desvirtuar la pretensión legal de paternidad derivada del matrimonio.

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Registro digital (IUS): 2005451

Clave: 1a. XXV/2014 (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 3, Febrero de 2014; Tomo I; Pág. 650

Precedentes

Amparo directo en revisión 1321/2013. 4 de septiembre de 2013. Cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Luz Helena Orozco y Villa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1a. XXV/2014 (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala

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