Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
La competencia para conocer de un juicio en el que se reclama la nulidad de un contrato mercantil de fideicomiso y su ejecución, corresponde a un Juez especializado en esa materia, pues tal es la naturaleza del contrato que se pretende anular y atañe al procedimiento extrajudicial de ejecución previsto en los artículos 1414 Bis y 1414 Bis 7 del Código de Comercio. Lo anterior, con independencia de que la acción ejercitada se sustente en la ausencia del consentimiento de una de las partes que intervino en el consenso, que involucra uno de los elementos esenciales de los contratos, regulado por el Código Civil Federal, pues éste es supletorio de la legislación mercantil.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
---
Registro digital (IUS): 2007641
Clave: III.1o.C.15 C (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 11, Octubre de 2014; Tomo III; Pág. 2813
Amparo en revisión 150/2014. Mario García Godínez. 29 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arturo González Zárate. Secretario: Miguel Ivo Moreno Vidrio.Amparo en revisión 163/2014. Executory Trust, S.A. de C.V., Sofom, E.N.R., Departamento Fiduciario. 29 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arturo González Zárate. Secretario: Jabín Reyna Maldonado.Amparo en revisión 164/2014. Felipe Torres Pacheco. 11 de junio de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Martha Leticia Muro Arellano. Secretaria: Norma Cabral Landeros.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 808450. EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO, POR VIRTUD DE ELLA NO PUEDEN NULIFICARSE ACTUACIONES QUE NO SE RECLAMARON.
Siguiente
Art. IUS 808456. APELACION EN MATERIA MERCANTIL, EXPRESION DE AGRAVIOS EN LA.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo