Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Cuando en la demanda de amparo el quejoso reclame diversos actos emitidos en cumplimiento a la sentencia definitiva dictada en el juicio respecto del que se ostenta tercero extraño a juicio y aduce ser causahabiente del propietario del bien inmueble adjudicado, con quien dijo haber celebrado un contrato de comodato del que dedujo sus derechos, es evidente que el quejoso carece de legitimación en la causa para solicitar el respeto de derechos que ya fueron defendidos por su causante a través de la misma vía, sin obtener resolución favorable, pues sería inadmisible permitir que se ejerciera dos veces el juicio de amparo por la misma persona, al evidenciarse que el quejoso no defiende un estado jurídico diverso del ostentado por su titular sino, incluso, uno de rango menor (poseedor a título de comodatario sobre un derecho de propiedad que ya fue defendido en juicio por su causante); consecuentemente, el amparo indirecto promovido bajo ese supuesto, resulta improcedente.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2008678
Clave: I.3o.C.187 C (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 16, Marzo de 2015; Tomo III
; Pág. 2341
Amparo en revisión 50/2014. Sergio de Pablo Navarro. 22 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos. Secretaria: Ariadna Ivette Chávez Romero.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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