MERCANTILES

Artículo I.3o.C.164 C (10a.). PAGARÉ. LA FECHA DE SUSCRIPCIÓN ES UN ELEMENTO INDISPENSABLE PARA CONFIGURARLO COMO TÍTULO DE CRÉDITO Y PROCEDER A SU EXIGIBILIDAD EN LA VÍA EJECUTIVA MERCANTIL.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

PAGARÉ. LA FECHA DE SUSCRIPCIÓN ES UN ELEMENTO INDISPENSABLE PARA CONFIGURARLO COMO TÍTULO DE CRÉDITO Y PROCEDER A SU EXIGIBILIDAD EN LA VÍA EJECUTIVA MERCANTIL.

El artículo 1391, fracción IV, del Código de Comercio dispone que el procedimiento ejecutivo tiene lugar cuando la demanda se funda en documentos que traen aparejada ejecución, entre los que se encuentran los títulos de crédito. Por su parte, el artículo 14 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito indica que éstos sólo producirán los efectos en ellos previstos, cuando contengan las menciones y llenen los requisitos señalados por la ley y que ésta no presuma expresamente. Ahora bien, de los artículos 170 y 171 de la misma ley se advierten los requisitos que deben contener los pagarés para ser considerados como títulos de crédito, entre los que se encuentra la fecha en que se suscriba el documento, requisito trascendente debido a que es necesario para determinar su vigencia como título de crédito, dado que, una vez que prescribe la acción cambiaria, ya no podrá ser exigible en la vía ejecutiva mercantil. Por tanto, al no contener el pagaré la fecha de suscripción, no puede considerarse como título de crédito y no procede para su exigibilidad la vía ejecutiva mercantil.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2008736

Clave: I.3o.C.164 C (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 16, Marzo de 2015; Tomo III
; Pág. 2442

Precedentes

Amparo directo 149/2014. Ramón Galván Gutiérrez. 3 de abril de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Francisco Mota Cienfuegos. Secretario: Adolfo Almazán Lara.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.3o.C.164 C (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.3o.C.164 C (10a.) de la J. Mercantiles SCJN?

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