Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
La fracción I del artículo 20 de la Ley de Concursos Mercantiles dispone que la solicitud de declaración de concurso mercantil deberá acompañarse de los estados financieros del comerciante, de los últimos tres años, los cuales deberán estar auditados cuando exista la obligación en términos de ley. De la interpretación a dicho precepto se advierte que los estados financieros que presente el comerciante anexos a su solicitud deberán reunir dos requisitos: 1. Que la persona que deba elaborar los estados financieros de la sociedad mercantil tenga conocimientos en contabilidad y, por ende, cuente con la profesión de contador público, ya sea independiente o de un despacho auditor; y, 2. Que los estados financieros estén firmados por el contador público que los elaboró para dar certeza y seguridad de la información en ellos contenida. En este sentido, como dichos documentos tienen trascendencia y repercusiones legales, deberán contar con el elemento formal de estar suscritos por un contador público registrado ante las autoridades hacendarias, quien debe tener el título profesional correspondiente, reconocido por la Secretaría de Educación Pública y tener la certificación expedida por un colegio o asociación de contadores públicos autorizados para tal efecto.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2008825
Clave: I.3o.C.180 C (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 17, Abril de 2015; Tomo II; Pág. 1700
Amparo directo 397/2014. Constructora Metropolitana Comet, S.A. de C.V. 2 de octubre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos. Secretaria: Valery Palma Campos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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