Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Si un acta de nacimiento fue levantada en el Registro Civil sin la comparecencia de los padres, sino de terceras personas, el oficial del registro no tiene facultades de asentar, motu proprio, la paternidad o maternidad de éstos, pues hacerlo contraviene los artículos 691, 692, 693, 694 y 695 del Código Civil para el Estado de Veracruz. Por ello, no puede acreditarse con la sola acta de nacimiento elaborada en dichos términos la paternidad ahí anotada.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2012686
Clave: VII.2o.C.108 C (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 34, Septiembre de 2016; Tomo IV; Pág. 2621
Amparo en revisión 148/2016. 18 de agosto de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel de Alba de Alba. Secretaria: Griselda Sujey Liévanos Ruiz.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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