MERCANTILES

Artículo I.9o.C.42 C (10a.). USURA. EL JUZGADOR PUEDE OPTAR POR UN INDICADOR FINANCIERO DIVERSO AL COSTO ANUAL TOTAL, SI ÉSTE ES EXCESIVO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

USURA. EL JUZGADOR PUEDE OPTAR POR UN INDICADOR FINANCIERO DIVERSO AL COSTO ANUAL TOTAL, SI ÉSTE ES EXCESIVO.

La inaplicación del Costo Anual Total (CAT) como indicador idóneo para el cálculo de intereses moratorios a un nivel no usurario, es justificada en aquellos casos en los que su utilización arroje un monto, por concepto de intereses, que aun siendo menor al pactado por las partes es excesivo, lo cual evidentemente sucede si la materialización del interés derivado del uso del CAT es igual o superior al cien por ciento pues, en este caso, no se cumpliría con el objetivo de proteger el derecho humano relativo a la no explotación del hombre por el hombre, que se da en las prácticas usurarias. Lo que es acorde con la jurisprudencia 1a./J. 57/2016 (10a.), de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de título y subtítulo: "USURA. EN LA EVALUACIÓN DE LO NOTORIAMENTE EXCESIVO DE LOS INTERESES ESTIPULADOS EL COSTO ANUAL TOTAL (CAT) QUE REPORTA EL VALOR MÁS ALTO RESPECTO A OPERACIONES SIMILARES, ES UN REFERENTE FINANCIERO ADECUADO PARA SU ANÁLISIS, CUANDO EL DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN ES UN TÍTULO DE CRÉDITO.", que también prevé la posibilidad de no utilizar el CAT si hay causa justificada para ello.NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2014034

Clave: I.9o.C.42 C (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 40, Marzo de 2017; Tomo IV; Pág. 3047

Precedentes

Amparo directo 458/2016. Sistema de Crédito Automotriz, S.A. de C.V. 19 de enero de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Gonzalo Hernández Cervantes. Secretario: Martín López Cruz.Nota: La tesis de jurisprudencia 1a./J. 57/2016 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 18 de noviembre de 2016 a las 10:29 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 36, Tomo II, noviembre de 2016, página 882.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.9o.C.42 C (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.9o.C.42 C (10a.) de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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