MERCANTILES

Artículo XXVII.3o.55 C (10a.). EMPLAZAMIENTO AL JUICIO ORAL MERCANTIL. LA OMISIÓN DEL NOTIFICADOR DE PORMENORIZAR LOS DOCUMENTOS CON QUE SE CORRIÓ TRASLADO A LA DEMANDADA ES INSUFICIENTE PARA DECLARAR SU NULIDAD.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

EMPLAZAMIENTO AL JUICIO ORAL MERCANTIL. LA OMISIÓN DEL NOTIFICADOR DE PORMENORIZAR LOS DOCUMENTOS CON QUE SE CORRIÓ TRASLADO A LA DEMANDADA ES INSUFICIENTE PARA DECLARAR SU NULIDAD.

De la interpretación del artículo 1390 Bis 15 del Código de Comercio se advierten los requisitos formales y materiales necesarios para estimar válido el emplazamiento al juicio oral mercantil, entre ellos, que es obligatorio entregar copia simple de la demanda debidamente cotejada y sellada y, en su caso, copias simples de los demás documentos que el actor hubiera exhibido con ésta, sin imponerle al notificador el deber de describir detalladamente cuáles son los documentos cuya copia entregó a la parte demandada. En ese contexto, la omisión del notificador de pormenorizar los documentos con que se corrió traslado a la demandada es insuficiente para declarar la nulidad del emplazamiento, porque dicha circunstancia, por sí misma, no trastoca el cumplimiento de la finalidad de dicha comunicación procesal, que estriba en dar a conocer a la demandada la existencia del juicio instaurado en su contra.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2014894

Clave: XXVII.3o.55 C (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 45, Agosto de 2017; Tomo IV; Pág. 2839

Precedentes

Amparo en revisión 55/2017. Perla María Trinidad Ramírez. 30 de marzo de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Ramón Rodríguez Minaya. Secretaria: Casandra Arlette Salgado Sánchez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XXVII.3o.55 C (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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