MERCANTILES

Artículo (IV Región)2o.12 C (10a.). DENEGADA APELACIÓN EN JUICIOS DEL ORDEN FAMILIAR. EL HECHO DE QUE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS FAMILIARES DEL ESTADO DE YUCATÁN NO LA PREVEA, NO DEJA EN ESTADO DE INDEFENSIÓN A LAS PARTES, SI EL DESECHAMIENTO DE LA APELACIÓN PUEDE IMPUGNARSE EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

DENEGADA APELACIÓN EN JUICIOS DEL ORDEN FAMILIAR. EL HECHO DE QUE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS FAMILIARES DEL ESTADO DE YUCATÁN NO LA PREVEA, NO DEJA EN ESTADO DE INDEFENSIÓN A LAS PARTES, SI EL DESECHAMIENTO DE LA APELACIÓN PUEDE IMPUGNARSE EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO.

La circunstancia de que el código citado no prevea el recurso de denegada apelación, o disposición alguna contra el desechamiento del recurso de apelación, como sí lo hace el diverso Código de Procedimientos Civiles de esa entidad, no deja en estado de indefensión a las partes contendientes en los juicios del orden familiar, ya que las resoluciones que ponen fin al juicio, pueden ser controvertidas en el juicio de amparo directo, el cual constituye un medio extraordinario de impugnación, con el que se logra la tutela de los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea Parte.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.

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Registro digital (IUS): 2015189

Clave: (IV Región)2o.12 C (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 46, Septiembre de 2017; Tomo III; Pág. 1814

Precedentes

Amparo directo 951/2016 (cuaderno auxiliar 278/2017) del índice del Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, con apoyo del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. 11 de mayo de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Gómez Hernández, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Adrián Domínguez Torres.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo (IV Región)2o.12 C (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo (IV Región)2o.12 C (10a.) de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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